Micelio
Auto4 de diciembre de 2024

A- de 2024

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Prodfarme Sas·Demandado Cehani Ese

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo Promovido Contra Entidad Pública, Cuando El Juez Del Conflicto No Tuviere Certeza Sobre La Existencia O Inexistencia De Un Contrato Estatal Que Pudiere Ser La Causa Del Título Valor Que Se Pretende Ejecutar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Procesos ejecutivos dirigidos en contra de entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 007 Civil Municipal de Pasto y el Juzgado 004 Administrativo de la misma ciudad, causado por una demanda ejecutiva singular de menor cuantía instaurada por Productos Farmacéuticos y Medicinales S.A.S, en contra del Centro de Habilitación del Niño Cehani E.S.E., con el fin de que se libre mandamiento de pago por una suma de dinero contenida en unas facturas derivadas del suministro de una serie de medicamentos.

Cumplidos los requisitos que configuran el conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que no se dispone de los elementos suficientes para confirmar que las facturas presentadas por la parte demandante se originan en un contrato estatal suscrito con la parte demandada, pero tampoco para asegurar con certeza lo contrario, además de que las autoridades judiciales involucradas en el conflicto realizaron afirmaciones que podrían considerarse divergentes respecto a la existencia de un contrato estatal, y que para la Corte no son claras.

La Sala considera pertinente acudir al precedente del Auto 232/23 y reiterar la regla de decisión según la cual, en virtud de lo establecido en la cláusula general de competencia del artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer sobre procesos ejecutivos promovidos contra entidades públicas como las Empresas Sociales del Estado (ESE), en los casos en los que el juez del conflicto no tuviere certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 007 Civil Municipal de Pasto y el Juzgado 004 Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo de Pasto es la autoridad competente para seguir con el conocimiento de la demanda instaurada por Prodfarmed S.A.S en contra del Centro de Habilitación del Niño Cehani E.S.E.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6033 al Juzgado 004 Administrativo de Pasto para que proceda conforme a lo previsto por la presente providencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 007 Civil Municipal de la misma ciudad y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.